viernes, 29 de septiembre de 2017

LOS DAÑOS MATERIALES PROVOCADOS POR REBELIÓN, SEDICIÓN, MOTÍN Y TUMULTO POPULAR.


Conviene recordar que las pólizas de seguros que amparan nuestro patrimonio de posibles daños, carecen de cobertura en el supuesto de que estos sean producidos por actos políticos o sociales con ocasión de alborotos populares, rebelión o sedición. Pudiéndolo evitar, no dejar el vehículo estacionado en la vía pública. Es una buena idea como  dejar el comercio perfectamente cerrado con todas las medidas de seguridad que nos sea posible; persianas ciegas, alarmas...

Pero aún así, los daños pueden llegar y ser cuantiosos. ¿Qué podemos hacer?

Todos aquellos que tengan contratado un Seguro Multirriesgo para el bien afectado y que hayan sufrido daños por estas circunstancias pueden acudir al Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo resarcirá a los afectados de las pérdidas ocasionadas por la intervención de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado en su intento de restablecer el orden público.

Para poder reclamar la indemnización se puede hacer telefónicamente llamando al teléfono 952367042 siendo necesario tener a mano el número de póliza que da derecho a la indemnización. Si se opta por hacerlo on-line podemos utilizar el enlace  https://apps.consorseguros.es/ComunicacionDVW/logon.do

Si aún no tienes contratada esa cobertura para tu comercio, hogar, comunidad de propietarios… conviene saber que las coberturas amparadas por el Consorcio de Compensación de Seguros entran en vigor 7 días después de la fecha de efecto de la póliza. Dicho de otra manera, 7 días después de haber entrado en vigor la póliza de seguros.

Alberto Veira Serrano
Técnico Superior en Seguros
albertoveira@msn.com

Puedes solicitar más información.