Conviene
recordar que las pólizas de seguros que amparan nuestro patrimonio de posibles
daños, carecen de cobertura en el supuesto de que estos sean producidos por
actos políticos o sociales con ocasión de alborotos populares, rebelión o
sedición. Pudiéndolo evitar, no dejar el vehículo estacionado en la vía pública.
Es una buena idea como dejar el comercio
perfectamente cerrado con todas las medidas de seguridad que nos sea posible;
persianas ciegas, alarmas...
Pero
aún así, los daños pueden llegar y ser cuantiosos. ¿Qué podemos hacer?
Todos
aquellos que tengan contratado un Seguro Multirriesgo para el bien afectado y
que hayan sufrido daños por estas circunstancias pueden acudir al Consorcio de
Compensación de Seguros. Este organismo resarcirá a los afectados de las
pérdidas ocasionadas por la intervención de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos
de Seguridad del Estado en su intento de restablecer el orden público.
Para
poder reclamar la indemnización se puede hacer telefónicamente llamando al teléfono
952367042 siendo necesario tener a mano el número de póliza que da derecho a la
indemnización. Si se opta por hacerlo on-line podemos utilizar el enlace https://apps.consorseguros.es/ComunicacionDVW/logon.do
Si
aún no tienes contratada esa cobertura para tu comercio, hogar, comunidad de
propietarios… conviene saber que las coberturas amparadas por el Consorcio de
Compensación de Seguros entran en vigor 7 días después de la fecha de efecto de
la póliza. Dicho de otra manera, 7 días después de haber entrado en vigor la
póliza de seguros.
Alberto Veira SerranoTécnico Superior en Seguros
albertoveira@msn.com
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